El instructor del caso Cerdán en el Tribunal Supremo (TS), Leopoldo Puente, ha avanzado que ya cuenta con un informe pericial que descarta manipulaciones en las conversaciones grabadas por Koldo García -ex asesor del que fuera ministro de Transportes José Luis Ábalos- que incriminan a ambos y al ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán en una presunta trama de cobro de comisiones a cambio de obra pública.

Así lo aclara el magistrado en la resolución donde acuerda mantener en prisión provisional a Cerdán, rechazando así su última petición en este sentido, al considerar que el riesgo de que destruya pruebas o manipule testigos persiste, aunque al mismo tiempo avisa de que previsiblemente no continuará encarcelado más allá del 30 de diciembre.

En su resolución, Puente combate cada uno de los argumentos esgrimidos por la defensa de Cerdán para salir de Soto del Real, cárcel madrileña en la que ingresó el pasado 30 de junio por presuntos delitos de pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y cohecho.

El instructor recuerda que en dichos audios, que recogen "sucesivas conversaciones con otros investigados en esta causa, el propio Cerdán vendría a reconocer de forma ciertamente explícita no solo el cobro de comisiones vinculadas a la adjudicación de determinadas obras públicas (...) sino también haber satisfecho parte de las mismas a otros investigados, así como expresando el compromiso de reclamar para ellos ciertas cantidades todavía pendientes de cobro".

Sin embargo, para Cerdán, según recoge Puente, estas grabaciones obedecen al supuesto "papel de agente encubierto o agente provocador" que su defensa a atribuye a García. Para el magistrado, se trata de una "hipótesis" que carece "del más mínimo apoyo indiciario".

Pese a ello, razona que, incluso si Koldo "se hubiera concertado con los agentes", "tampoco parece particularmente razonable que el propio García se auto-atribuyese también en los referidos audios una destacada participación en los hechos aparentemente delictivos que resultan de las conversaciones".

"Igualmente, no parece fácil entender que Koldo actuara, como los demás miembros de la presunta trama, animado por la supuesta repulsión que le produciría la actuación política de quien era, desde muchos años antes, su compañero de partido", añade.

Sobre esto, puntualiza que, "precisamente, la relación personal entre los señores García y Cerdán data de muchos años antes, sin que termine de comprenderse si, desde primera hora, ya habría actuado Koldo García con el criminal propósito que se le atribuye, o si éste, por alguna razón que también se desconoce y cualquiera que fuese su naturaleza, habría surgido después".

A eso anuda que "tampoco se corresponde fácilmente esa pretendida y maliciosa actividad falsamente incriminatoria con la circunstancia de que, al menos hasta este momento, Koldo García haya resuelto no ofrecer explicación alguna acerca de los archivos de audios hallados en su vivienda".   

Ni el más mínimo indicio

Por tanto, concluye que "no existe en este momento el más mínimo indicio" de que las citadas grabaciones se realizaran "con el deliberado e inmediato propósito de confeccionar una prueba contra el investigado".

Puente menciona igualmente que la defensa de Cerdán "parece sostener que los archivos de audio no se corresponderían con ninguna conversación real". Y, en este punto, revela que este extremo "también parece quedar desvirtuado por el contenido del informe pericial efectuado y aportado a la causa recientemente".

Más adelante explica que, efectivamente, "ya se cuenta en este momento en la presente causa especial con un informe pericial en cuyas conclusiones puede leerse: 'No se han identificado trazas que evidencien alteraciones, manipulaciones o comportamientos anómalos' en relación con los audios objeto de estudio".

De todas formas, incide en que "no son los referidos archivos de audio los únicos indicios" contra Cerdán, aludiendo a los chats de WhatsApp y al contrato privado por el que el ex 'número tres' del PSOE adquirió el 45% de una empresa, Servinabar, que se benefició de la adjudicación de obra pública.

Dos informes

Los peritos sostienen que del análisis y estudio realizado "no se han identificado trazas que evidencien alteraciones, manipulaciones o comportamientos anómalos en la administración del sistema iOS --propio de los iPhones-- relacionados con la aplicación Voice Memos y los audios objeto de estudio".

Según explican en el informe, los audios examinados no presentan indicios de edición y las grabaciones se corresponden con el tipo de grabadora y modelo del dispositivo analizado. Con todo, indican que "aunque la relación de los archivos de audio encontrados en el indicio digital mantiene los metadatos de fecha de creación y modificación, la ausencia de registros y archivos de configuración complementarios que pudiera gestionar el dispositivo limita la fiabilidad para establecer con precisión el momento exacto en que fueron grabados, no pudiendo establecer un cronología de hechos fiable".

En este punto, los peritos también precisan que, dado que el propio dispositivo de grabación "no guarda archivos de configuración donde se refleje una configuración horaria definida por el usuario", se les dificulta "precisar con exactitud las fechas reales de grabación".   

En otro informe sobre la acústica de esos mismos audios, la Guardia Civil establece como conclusión que "es más probable observar los resultados del conjunto de los análisis de autenticidad efectuados sobre los archivos dubitados si la hipótesis de autenticidad es la que se considera verdadera, que si se considera verdadera la hipótesis contraria".

Los peritos también observan algunas irregularidades, precisando que hay algunos audios en los que "la fecha de etiquetado distaba seis meses de la de grabación", que no tienen "metadatos de fecha/hora interna, lo que limita la trazabilidad temporal directa", o que es necesario "realizar estudios posteriores".

Además, de una de las grabaciones indican que, tras analizarla, observan "una modificación de la frecuencia de muestreo (...) cuando se hace uso de la opción de Reemplazar (Replace) y no de la de Recortar (Trim)". "El hecho de que, presumiblemente, por parte de la persona que realizó la grabación se haya hecho una edición en la misma nada más finalizar el registro, motiva que la fecha de codificación se produjese aproximadamente seis minutos después de lo que sería esperado", explican.

Fuentes de la defensa de Cerdán estiman que estos informes vienen a confirmar sus sospechas sobre la autenticidad de las grabaciones realizadas por Koldo. A su juicio, en el 75% de las evidencias los informes periciales no confirman su la veracidad de los audios.

Al hilo, avanzan que en los próximos días presentarán al Supremo su propio análisis pericial, que aseguran que revela que las grabaciones "son débiles e incompletas".