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El futuro recurso de casación argumentará una supuesta "infracción de preceptos constitucionales", ya que la representación de ambos considera que la sentencia vulnera los principios de "legalidad, proporcionalidad y seguridad jurídica"
EFE - Miércoles, 19 de Enero de 2011 - Actualizado a las 19:07h
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Portu y Sarasola son trasladados tras declarar en el juicio. (Foto: rubén plaza)
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Igor Portu y Mattin Sarasola, los miembros de ETA que volaron la T-4 de Barajas, han recurrido la sentencia en la que la Audiencia de Guipúzcoa condena por torturas a cuatro guardias civiles que formaron parte del dispositivo policial en el que fueron capturados, la mañana del 6 de enero de 2008.
SAN SEBASTIÁN. Según han informado a Efe fuentes judiciales, la representación legal de los navarros Portu y Sarasola ha registrado ante la Audiencia guipuzcoana un escrito en el que anuncia la preparación de un recurso de casación contra esta sentencia ante el Tribunal Supremo.
Según este escrito, el futuro recurso de casación argumentará una supuesta "infracción de preceptos constitucionales" ya que la representación de ambos etarras considera que la sentencia vulnera los principios de "legalidad, proporcionalidad y seguridad jurídica", así como el "derecho a la tutela judicial efectiva, con proscripción de la indefensión, y a un proceso con todas las garantías".
El anuncio del recurso también apela a una posible defecto en la "motivación" de la sentencia, a una "aplicación indebida de preceptos penales de carácter sustantivo y falta de aplicación de otros".
El futuro recurso de casación argumentará asimismo un eventual "quebratamiento de forma" y de "normas esenciales del procedimiento".
La Audiencia de Guipúzcoa condenó el pasado 30 de diciembre por torturas a cuatro de los quince guardias civiles que fueron juzgados en San Sebastián por maltratar a Igor Portu y Mattin Sarasola, los terroristas que acabaron con la anterior tregua de ETA al colocar una bomba en la T-4 de Barajas que mató a dos ciudadanos ecuatorianos.
La sentencia condenó a un cabo a penas que suman cuatro años y medio de cárcel y a 8 días de localización permanente, como responsable de dos delitos de torturas graves y un delito y una falta de lesiones.
Asimismo, impuso dos años y medio a otro de los agentes, y condenó a dos años y ocho días de localización permanente a los dos restantes. El texto judicial también inhabilitó profesionalmente al sargento por un período de 16 años, y por ocho a los otros tres condenados.
La resolución incluía además una indemnización de 18.000 euros para Portu y otra de 6.000 para Sarasola "por el daño físico y psíquico causado", de la que declaró responsable civil subsidiario a la Guardia Civil.
El escrito judicial que sólo consideró autores de torturas a cuatro de los procesados -todos ellos pertenecientes al Grupo de Acción Rápida (GAR)-, absolvió al resto de guardias, que habían sido acusados de torturas por la acusación particular que ejercieron ambos etarras.
Los hechos enjuiciados ocurrieron la mañana del 6 de enero de 2008 cuando los dos terroristas, pertenecientes al comando "Elurra", fueron sorprendidos por un control de la Guardia Civil cuando regresaban al casco urbano de Arrasate (Guipúzcoa), tras haber recogido dos revólveres y munición de un zulo en el monte.
La sentencia, de 91 páginas, explica que los terroristas fueron detenidos, esposados e introducidos en sendos todoterrenos del instituto armado, tras lo que los vehículos se dirigieron a una pista forestal situada en un barrio de Aramaio (Álava) donde fueron torturados.
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