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alejandro torres gutiérrez

"Si llega al Constitucional ganaremos, porque un diocesano no puede dar fe pública de nada"

i.g. - Domingo, 27 de Junio de 2010 - Actualizado a las 09:32h

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burlada. Sin duda, la intervención más aplaudida en la asamblea de ayer fue la de Alejandro Torres Gutiérrez, catedrático de Derecho Eclesiástico de la UPNA, que por su claridad y contundencia seguramente animó a decenas de representantes locales a impulsar el recurso de inconstitucionalidad contra la Ley Hipotecaria de 1998.

"Cuando vi que se modificaba el reglamento y se equiparaba a los diocesanos con los funcionarios, intuí que esto iba a traer problemas", recordó ayer Torres. "Con este cambio, la Iglesia puede emitir certificados de propiedad e inscribirlos en el registro, pero en un Estado aconfesional como éste, los diocesanos no pueden dar fe pública de nada". Para resolverlo, el catedrático de la UPNA avisa de que "no es un principio de desigualdad que se pueda corregir extendiendo ese privilegio a otras confesiones religiosos, porque eso agravaría el problema desde el punto de vista de la laicidad del Estado". Así las cosas, adelanta que "esto terminará el día en que llegue el Tribunal Constitucional y nos dé la razón".

motivos para ganar Alejandro Torres se mostró tan optimista por la existencia de un antecedente que "se puede trasladar punto por punto a este caso". Así, recordó la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964, en la que se equiparaba a la Iglesia con las Administraciones Públicas a la hora de expulsar inquilinos. "En 1993 se planteó un recurso de inconstitucionalidad que prosperó, y la ley de 1964 se sustituyó por una nueva en 1994" que ya no reconocía ese derecho a la Iglesia. "En 1964, el Estado era confesional católico, y por eso nació esa ley de esa forma, pero ello dejó de tener sentido con la Constitución de 1978", resumió.

"En este asunto, no hay ningún prejuicio ideológico o antirreligioso; simplemente hay que aplicar lo que dice la Constitución en su artículo 16: ninguna confesión religiosa tendrá carácter estatal".

las claves

"No tenemos prejuicios ideológicos; ya dice la Constitución que no se pueden confundir fines públicos y religiosos"

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